Condiciones Generales de Contratación

Las presentes Condiciones Generales de Contratación, junto con las Condiciones Particulares que, en su caso, se establezcan, regularán expresamente las relaciones surgidas entre ASTEN ENERGÍAS y los terceros (en adelante "Usuarios" o "Clientes") que contraten los servicios de suministro de energía eléctrica.

1. Objeto del Contrato

El suministro de energía eléctrica por parte de la Comercializadora al Cliente en los puntos de suministro especificados en las Condiciones Particulares, de acuerdo con la tarifa y potencia contratada.

2. Punto de Suministro e Instalación

El suministro se efectuará en el punto de suministro (CUPS) indicado en el contrato. El Cliente declara que las instalaciones disponen de los certificados y autorizaciones necesarios y que estas se encuentran en estado de funcionamiento adecuado para la recepción del suministro.

3. Duración y Prórroga

El contrato tendrá la duración inicial de un año, prorrogándose automáticamente por periodos anuales sucesivos salvo que alguna de las partes comunique su voluntad de no renovación con una antelación mínima de 15 días. ASTEN ENERGÍAS no aplica penalizaciones por permanencia en contratos domésticos (2.0TD).

4. Precios y Revisión

El precio será el establecido en las Condiciones Económicas. ASTEN ENERGÍAS podrá revisar los precios anualmente basándose en las variaciones del IPC o por cambios en los componentes regulados (peajes, cargos, etc.) dictados por el Gobierno o la CNMC, notificando al Cliente con un mes de antelación.

5. Facturación y Pago

La facturación se realizará mediante lecturas reales aportadas por la Distribuidora. El pago se efectuará habitualmente mediante domiciliación bancaria. De no estar disponible el consumo real por parte de la Distribuidora a final de mes, se realizará una factura como mucho del 90% de los consumos estimados basados en datos históricos, este caso será avisado en la pertinente factura. Una vez se obtengan los datos por parte de la Distribuidora, estos se reflejarán en la siguiente factura en función de si la estimación ha estado por encima o por debajo del consumo real.

En caso de impago, se aplicarán los recargos e intereses de demora legales vigentes.

6. Derechos de Acometida y Depósito de Garantía

El Cliente deberá abonar los derechos de acometida, enganche y otros regulados que la Distribuidora repercuta a través de la Comercializadora. Asimismo, según normativa autonómica, podrá exigirse un depósito de garantía en el momento de la contratación.

7. Suspensión del Suministro

La Comercializadora podrá solicitar a la Distribuidora la suspensión del suministro por impago, siguiendo el procedimiento y plazos previstos en el Real Decreto 1955/2000 y demás normativa eléctrica aplicable.

8. Modificación y Resolución

Cualquier modificación sustancial de las condiciones será comunicada con 30 días de antelación. El Cliente tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización si no acepta las nuevas condiciones.

9. Legislación y Jurisdicción

El contrato se rige por la ley española. Para cualquier discrepancia sobre la interpretación o ejecución del contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Gijón.